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¿POR QUÉ ME PUEDEN SUSPENDER EN EL EXAMEN PRÁCTICO DEL PERMISO DE CONDUCIR DE LA CLASE “B”?

La Unión Europea, con el objetivo de mejorar la Seguridad Vial y reducir el número de muertos, heridos y daños materiales a causa de los siniestros viales, ha establecido una política de Seguridad Vial, con acciones concretas para conseguir este propósito.

La clave del éxito para aprobar el examen práctico de conducción es una buena preparación, dejarte aconsejar por tu formador y confiar en ti mismo.

REALIZACIÓN DEL EXAMEN

En la prueba de control de aptitudes y comportamientos en circulación en vías abiertas al tráfico general, el aspirante deberá demostrar soltura en el manejo de los diferentes mandos del vehículo y dominio para introducirse en la circulación con total seguridad.

A lo largo de la prueba, deberás dar una impresión de seguridad. Los errores de conducción o un comportamiento peligroso que amenace la seguridad del vehículo de examen, los pasajeros u otros usuarios de la vía, tanto si es necesaria como si no la intervención del examinador o acompañante, será causa suficiente para interrumpir la prueba y calificar la falta de aptitud del aspirante. No obstante, el examinador podrá decidir la continuación de la prueba hasta que la detención del vehículo se pueda realizar de forma segura.

Asimismo, deberás mostrar un comportamiento prudente y cortés. Este es un reflejo de la forma de conducir, considerada en su globalidad que el examinador debe tener en cuenta para hacerse una idea general de tu preparación. Será un criterio positivo, una conducción flexible y dispuesta, aparte de segura, que tenga en cuenta las condiciones meteorológicas y de la vía pública, de los demás vehículos, los intereses de los demás usuarios de aquella, especialmente de los más vulnerables, y una capacidad de anticipación.

La prueba de control de aptitudes y comportamientos en circulación en vías abiertas al tráfico general tendrán lugar, si fuera posible, en vías situadas fuera de poblado, en autopistas o autovías, así como en todo tipo de vías urbanas (zonas residenciales, zonas con limitaciones de 30 y 50 km/h).

LA DURACIÓN DEL EXAMEN

La duración de la prueba de control de aptitudes y comportamientos en circulación en vías abiertas al tráfico general y la distancia a recorrer en su realización deberán ser suficientes para su evaluación.

El tiempo mínimo de conducción y circulación destinado a la prueba de control de las aptitudes y los comportamientos del aspirante en circulación en vías abiertas al tráfico general no será inferior a 25 minutos para el permiso de las clases B, salvo que se acuerde la interrupción y la suspensión de las pruebas.

En este tiempo no se incluye la recepción del aspirante, la preparación del vehículo, su comprobación técnica, en lo que respecta a la seguridad vial, las maniobras especiales, en su caso, y la comunicación de los resultados de la prueba.

EL CRITERIO DE EVALUACIÓN

El criterio de calificación de las pruebas de control de aptitudes y comportamientos, versará en atención a la gravedad de los incumplimientos a las normas de tráfico realizador por el aspirante.

Las faltas tendrán la consideración de eliminatorias, deficientes y leves.

Se considerará que una falta es eliminatoria (E), deficiente (D) o leve (L), cuando concurran las circunstancias que se indican a continuación:

 Falta eliminatoria es todo comportamiento o incumplimiento de las normas que suponga un peligro para la integridad o seguridad propia o de los demás usuarios de la vía, así como, en general, el incumplimiento de las señales reguladoras de la circulación que esté tipificado como infracción grave o muy grave conforme a lo dispuesto en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

 Falta deficiente es todo comportamiento o incumplimiento de las normas que obstaculice, impidiendo o dificultando notablemente la circulación de otros usuarios, la que afecte ostensiblemente a las distancias de seguridad, así como el incumplimiento de señales reguladoras de la circulación que no constituya falta eliminatoria.

 Falta leve es todo comportamiento o incumplimiento de normas reglamentarias cuando no constituya falta eliminatoria o deficiente, así como el manejo incorrecto de los mandos del vehículo, sin perjuicio de que este hecho pueda ser valorado como falta de mayor gravedad, en función de las circunstancias concurrentes en cada caso.

RESUMEN

 Deberás mostrar seguridad en tus maniobras, un comportamiento prudente y cortés, capacidad de anticipación y una conducción flexible.

 La prueba tendrá lugar, en vías situadas fuera de poblado, en autopistas o autovías, así como en todo tipo de vías urbanas.

 La duración de la prueba no será inferior a 25 minutos.

  El aspirante será declarado NO Apto si comete:

E.  Una falta ELIMINATORIA.

DD.  Dos faltas DEFICIENTES.

DLLLLL.  Una falta DEFICIENTE y cinco LEVES.

LLLLLLLLLL.  Diez faltas LEVES.