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Si tienes un permiso de conducir de fuera de la Unión Europea y quieres conducir en España, es posible que te preguntes si tu autorización es válida o si necesitas obtener una nueva. En este artículo te explicaremos las condiciones y los requisitos para que puedas conducir con tu permiso extranjero sin problemas.
Lo primero que debes saber es que los permisos de conducir de fuera de la UE son válidos para conducir en España siempre que cumplan con estas condiciones:
– El permiso de conducir este expedido de conformidad con el Anexo 9 de la Convención de Ginebra, o con el Anexo 6 de la Convención de Viena, o que difieran de dichos modelos únicamente en la adopción o supresión de rúbricas no esenciales.
– El permiso de conducir esté redactado en castellano o vayan acompañado de una traducción oficial del mismo.
– Los permisos de conducir internacionales expedidos en el extranjero, de acuerdo con la Convención de Ginebra de 19 de septiembre de 1949 o bien con el Convenio internacional de París de 24 de abril de 1926 o bien con la Convención de Viena de 8 de noviembre de 1968.
El permiso de conducir internacional, es un permiso complementario, por lo que siempre que vayas a usarlo, lo tienes que acompañar de tu pasaporte y de tu permiso de conducir extranjero.
Se compone de una cubierta o cartulina de color gris en forma de tríptico y 16 páginas ayuda, en donde, en diferentes idiomas (español, alemán, inglés, francés, italiano, portugués, árabe y ruso), constan los datos personales del titular y de los permisos que posee.
– Los permisos de conducir reconocidos en particulares convenios internacionales multilaterales y bilaterales en los que España sea parte y en las condiciones que en ellos se indiquen.
Estos permisos serán válidos siempre que:
– El permiso de conducción se encuentre en vigor.
– El titular tenga la edad requerida en España para la obtención de un permiso español equivalente.
– No haya transcurrido el plazo de seis meses, como máximo, contados desde que hayas adquirido la residencia normal en España.
Transcurrido dicho plazo, los mencionados permisos carecen de validez para conducir en España, y, si quieres seguir conduciendo, deberás canjear tu permiso por uno español equivalente o si no fuera posible por no existir convenio con tu país de origen, obtener un nuevo permiso español.
Si vas a trasladar tu residencia a nuestro país tendrás que canjear tu permiso por uno español.
Actualmente, España tiene convenios con estos países:
– Suiza, Japón, Andorra, Corea, Argentina, Colombia, Ecuador, Uruguay, Perú, Marruecos, Chile, Costa Rica, Argelia, República Dominicana, Paraguay, Bolivia, Guatemala, Filipinas, Brasil, Serbia, El Salvador, Ucrania, Turquía, Túnez, Macedonia del Norte, Nicaragua, Mónaco, Panamá.
resumen
En resumen, un conductor que establece su residencia normal en España y presenta un permiso de conducir expedido en un país no comunitario (ejemplo Colombia), puede conducir en España con este permiso por un máximo de seis meses, contados desde que adquiere la residencia normal en España. Pasados seis meses, el permiso de conducir de Colombia dejará de ser válido para conducir en España y el conductor no podrá conducir ningún vehículo a motor.
Si el conductor desea seguir conduciendo en España, tendrá que obtener un permiso de conducir español. Como España tiene un convenio bilateral con Colombia, el conductor puede canjear su permiso de conducir colombiano por uno español. Este proceso administrativo requiere la presentación de ciertos documentos. Para más información sobre el canje de permisos de conducir, consulta la página web de la Dirección General de Tráfico (DGT).
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